Sucedió en El Trapiche

Piden cuatro años de prisión para el acusado de empujar a su pareja desde lo alto al río y provocarle graves lesiones

Un hombre de 56 años acusado de lesiones graves calificadas por mediar violencia de género y por el vínculo podría ser condenado a cuatro años de prisión luego de la solicitud que las partes -con la anuencia del imputado-, hicieran ante la Cámara Penal Nº 1 Residual, de concluir la causa bajo el procedimiento de juicio abreviado, prevista en el artículo 363 del Código Procesal Penal, y que el imputado cumpla esa pena.

El tribunal -integrado por José Luis Flores, Adriana Lucero y Jorge Sabaini Zapata-, tendrá ahora diez días hábiles para pronunciarse sobre si es procedente la aplicación de esta técnica de juzgamiento en esta causa. En caso de hacerlo por la positiva, deberá analizar cada una de las cuestiones que se plantean en la sentencia como por ejemplo, cuáles fueron los hechos, cuál fue la autoría que acepta el imputado, como debe encuadrarse su conducta jurídicamente y si la pena que las partes proponen es la adecuada según entienda el tribunal. Eso es lo que está pendiente de resolución debido a la complejidad del caso y los asuntos que deben considerarse como accesorios.

El juicio abreviado es una de las formas alternativas de culminar un proceso penal mediante el cual el acusado de un delito reconoce la existencia del hecho, su participación como autor, cómplice o instigador y acepta la calificación legal que le otorga a ese hecho el Ministerio Público Fiscal.

Es un procedimiento que le permite a la Fiscalía de Cámara, como al acusado por un delito y a su abogado defensor (público o privado), presentar un acuerdo a la Cámara Penal – que llevará adelante el juicio oral en esa causa- para acordar qué participación tuvo el imputado en el delito y su calificación legal correspondiente.

Aquí es fundamental la aceptación voluntaria del acusado sobre su intervención en el hecho y su manifestación de conformidad con la aplicación de un juicio abreviado.

El hecho

El acusado es Roque Arrieta y fue denunciado por su ex pareja Verónica Bordón. El hecho que se investiga sucedió el 24 de junio de 2020 a las 19:20 horas en la localidad de El Trapiche. Según consta en la denuncia, la mujer se cruzó con el imputado a la altura del murallón del río, frente al hotel Class y luego de amenazarla la empujó de una altura de dos metros. Por el golpe, Bordón sufrió fracturas en su pierna y muñeca izquierda y golpes en su rodilla.

La proposición de juicio abreviado

La presentación de la propuesta de juicio abreviado se realizó el 24 de febrero de 2022. Allí se solicitó que Arrieta sea condenado a 4 años de prisión por ser autor de lesiones graves calificadas por mediar violencia de género y por el vínculo, artículos 90 y 92 del Código Penal en relación al artículo 80 inciso 1º.

El imputado, que siguió la audiencia de forma remota desde el Servicio Penitenciario, reconoció los hechos, su participación y la calificación legal acordada.

El acuerdo al que alcanzaron las partes para este juicio fue suscripto por la particular damnificada y su abogado, Jorge Shortrede; la Defensoría de Cámara, representada por Esteban Sala, el acusado, y la Fiscalía de Cámara, a cargo de Virginia Palacios.

¿Este procedimiento puede aplicarse en todos los delitos?

No. La condición de aplicación es que el delito investigado prevea una pena privativa de libertad inferior a seis años, o una no privativa de libertad (por ejemplo multa o inhabilitación), incluso si ésta se aplicare conjuntamente con la primera.

Evitar la revictimización: la palabra de la Fiscalía

“Este Ministerio Público Fiscal ha conversado sobre la posibilidad de llegar a este acuerdo con el Defensor y con la víctima, con quien me entrevisté personalmente como también con su abogado. Este Ministerio Fiscal es reacio a establecer acuerdos abreviados en delitos de violencia de género o abusos pero y sin embargo, la entrevista con la víctima es justamente para explicarle los pro y las contras de lo que es un juicio abreviado y la posibilidad de arribar a un resultado sin que tenga que pasar por un segundo proceso de revictimización recordando todo el evento y sintetizándola en una sola audiencia. Aclarado esto, ratifico todo el acuerdo”, dijo la fiscal Virginia Palacios.

Fuente: Periódico Judicial


 

 

 

 

 
   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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