Villa Mercedes

Dieciocho años de prisión para los asesinos de Pedro Fridel

Cristina del Carmen Paredes y Alberto Martín Quiroga fueron condenados a dieciocho años de prisión por el homicidio calificado de Pedro Omar Fridel (foto), ocurrido en 2015. También se formó compulsa "para que profundice la investigación en torno a la conducta de Joel Gridasow".

El hecho ocurrió en el año 2015. En esa oportunidad, una ciudadana allegada a la familia de Paredes denunció la desaparición de Pedro Omar Fridel del lugar donde vivía y trabajaba, que era en la quinta de propiedad de Cristina Paredes, en la que se desempeñaba como encargado. Según declaraciones, ambos mantenían una relación de disconformidad.

El tribunal conformado por la jueza Virna Milena Eguinoa -Presidente– y por los vocales Daniela Estrada y Eduardo Sebastián Cadelago Filippi -Vocales- resolvieron condenar a los imputados a 18 años de prisión, asimismo se investigará la conducta de Joel Gridasow, hijo de Cristina Paredes. Además, declararon abstracto el pedido de inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.

Friedrel tenía 58 años y le decían “El Ruso”. Lo buscaban desde octubre de 2015, cuando desapareció en la ciudad de Villa Mercedes. Tras dos meses de investigación, la búsqueda finalizó con el peor final: fue hallado asesinado y enterrado en un campo de la zona, presuntamente en el marco de un crimen por encargo.

El cadáver de Pedro Fridel, de 58 años, fue encontrado enterrado a dos metros de profundidad en un campo, a 600 metros de la ruta 2 B y a unos cinco kilómetros al sur de la ciudad de Villa Mercedes.

Fridel, oriundo de la localidad pampeana de Colonia Barón, había desaparecido el 19 de octubre de una casa quinta, ubicada en la ruta provincial 55, a las afueras de Villa Mercedes, donde vivía como su cuidador.

Aparentemente, el hombre le había prestado dinero a la dueña de la vivienda y se habría negado a irse del lugar hasta recuperar esa suma.

A continuación, se transcribe el veredicto:

Villa Mercedes (San Luis), trece de Noviembre de dos mil dieciocho.-

Y VISTO: En mérito al resultado obtenido en la votación del acuerdo que antecede y lo dispuesto por los arts. 356 y siguientes del Cód. de Procedimientos Criminales, SE RESUELVE: 1.- Declarar a PAREDES CRISTINA DEL CARMEN y QUIROGA MARTIN ALBERTO, de datos obrantes en autos, como COAUTORES penalmente responsables (Art. 45 del Código Penal) del delito de Homicidio Simple (Art.79 del C.Penal de la Nación, y condenarlos a sufrir la pena de DIECIOCHO AÑOS DE PRISIÓN, accesorias legales y costas procesales, disponiendo su alojamiento en el Servicio Penitenciario Provincial.-

2.- Fórmese compulsa a Fiscalía en turno para que profundice la investigación en torno a la conducta de Joel Gridasow.

3.- Atento el Veredicto dictado, declárese abstracto el tratamiento de la Inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua.-

4.- A las reservas formuladas, téngase presente.-

Protocolícese y hágase saber y cúmplase.-

FDO. DRES. VIRNA M. EGUINOA- EDUARDO SEBASTIAN CADELAGO FILIPPI- DANIELA ESTRADA – ANTE MI: DR. GUILLERMO LUIS LUONI.


 

 

 

 

 

 

 

 
   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

  <script type="text/javascript">

var _gaq = _gaq || [];
_gaq.push(['_setAccount', 'UA-16873126-1']);
_gaq.push(['_trackPageview']);

(function() {
var ga = document.createElement('script'); ga.type = 'text/javascript'; ga.async = true;
ga.src = ('https:' == document.location.protocol ? 'https://ssl' : 'http://www') + '.google-analytics.com/ga.js';
var s = document.getElementsByTagName('script')[0]; s.parentNode.insertBefore(ga, s);
})();

</script>

  googlea5ed8c6199e1c16d.html