La Oficina Anticorrupción recomendó que
Aranguren se desprenda de sus acciones en Shell
En una resolución difundida el lunes, la Oficina Anticorrupción
le recomendó al ministro desprenderse de las acciones o "adoptar
alguna medida patrimonial", tal como la constitución de
un fideicomiso ciego de administración y disposición.
La Oficina Anticorrupción sustenta su recomendación
en el “deber de prudencia” previsto en el artículo
9 del Código de Ética de la Función Pública,
que sostiene que "el ejercicio de la función pública
debe inspirar confianza en la comunidad" y deben "evitarse
acciones que pudieran poner en riesgo la finalidad de la función
pública, el patrimonio del Estado o la imagen que debe tener
la sociedad respecto de sus servidores”.
Además, la OA le hizo saber al ministro que "deberá
abstenerse de tomar intervención en cuestiones particularmente
relacionadas con las sociedades que integran el Grupo Shell (Royal
Dutch Shell cualquiera de sus filiales) y con relación a la
fijación de políticas dirigidas específicamente
a dicho grupo empresario".
"En caso que se presente una situación de este tipo,
el Ministro deberá comunicar su excusación al señor
Presidente a fin de que designe qué funcionario deberá
intervenir en su reemplazo", consignó.
En ese sentido, la Oficina Anticorrupción destacó que
si bien la Ley 25.188 "no prohíbe la tenencia de acciones
en empresas que operan en el ámbito donde se desempeña
un funcionario y sólo lo obliga a abstenerse de intervenir
en las cuestiones relacionadas a dicha sociedad, las particulares
circunstancias del caso hacen que la solución prevista por
la norma resulte insuficiente como medio para garantizar la imparcialidad
en la toma de decisiones públicas".
Según señaló la OA, esta disposición
se encuentra "en sintonía" con lo pronunciado por
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económico (OCDE), en 2003, que dice que "los conflictos
de intereses de los funcionarios públicos que se abordan de
manera inadecuada tienen el potencial de debilitar la confianza de
los ciudadanos en las instituciones públicas”.
Además, recordó que la OCDE expresó en 2005
que "para un funcionario público, tener un aparente conflicto
de interés puede ser tan serio como tener un conflicto real,
por la potencial duda que puede surgir sobre la integridad del funcionario,
y la integridad de la organización del funcionario”.
etiquetas